Hacienda pública en 2025: Control, claridad y exigencia.

A partir del 1 de enero de este año, todos los entes públicos del país están obligados a aplicar las nuevas Reglas de Registro y Valuación del Patrimonio emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC). Esta reforma, publicada a finales de 2023, representa un cambio estructural que sustituye disposiciones vigentes desde hace más de una década, donde de ser una actualización menor, esta modificación está redibujando la manera en que el patrimonio gubernamental se concibe, se gestiona y se reporta.

Hoy, el patrimonio público ya no puede verse como una cifra estática en los estados financieros, las nuevas reglas exigen una visión más precisa y dinámica, donde la claridad conceptual y la responsabilidad contable son el eje rector, donde los entes están ahora obligados a reconocer, valuar y transparentar sus activos y pasivos con criterios más estrictos y medibles.

Uno de los cambios más relevantes es la redefinición técnica de los elementos que integran la hacienda pública. El concepto de activo, por ejemplo, se delimita como todo recurso controlado por el ente público como resultado de hechos pasados, por otro lado el patrimonio se entiende como la parte residual que queda después de deducir los pasivos. Esta precisión conceptual fortalece la credibilidad de los estados financieros y los alinea con las mejores prácticas contables a nivel internacional.

En cuanto a la valuación, la regla general es el uso del costo histórico, aunque se permite (cuando sea pertinente) la reexpresión por inflación utilizando el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC). Esta medida busca preservar la comparabilidad financiera sin perder realismo contable, sin embargo, también obliga a muchos entes a actualizar sus sistemas y criterios de cálculo, lo cual ha representado un reto operativo en estos primeros meses del año.

Otro frente crítico en esta implementación ha sido el manejo de inventarios. La norma es clara: los bienes deben registrarse en un plazo no mayor a treinta días hábiles desde su adquisición, mantenerse actualizados al menos cada seis meses, y además, hacerse públicos en la página institucional. Esta obligación ha puesto a prueba la capacidad de control interno de muchas dependencias, sobre todo en aquellos casos donde los inventarios eran poco actualizados o meramente administrativos.

Por otro lado, la baja contable de activos ahora requiere un proceso mucho más estricto. Ya no basta con justificar de forma genérica la desaparición de un bien, se necesita sustento documental y una trazabilidad clara en el sistema contable, donde los procesos de baja por extravío, siniestro o deterioro deben estar debidamente justificados y registrados conforme a las nuevas disposiciones.

Estas reglas no llegaron solas, pues el CONAC también reformó los capítulos III y IV del Manual de Contabilidad Gubernamental, modificando el plan de cuentas y los instructivos de manejo, lo que implica una reconfiguración técnica que muchas áreas financieras están abordando en paralelo, entre ajustes al sistema, capacitaciones internas y revisiones de procesos.

En estos primeros meses del año, ha quedado claro que la implementación no es sencilla. Muchos entes públicos siguen enfrentando el reto de pasar de la teoría a la práctica, especialmente cuando se trata de coordinar áreas contables, administrativas, jurídicas y operativas para que el patrimonio quede verdaderamente armonizado. Pero también es cierto que esta reforma abre la puerta a una nueva etapa de orden, transparencia y profesionalismo en la gestión pública.

En nuestro despacho reconocemos que estas transformaciones requieren más que cumplir con lo establecido, necesitan de estrategia, acompañamiento y visión, por lo que estamos listos para apoyar a los entes públicos en cada etapa del proceso, desde el diagnóstico inicial hasta la alineación completa con el nuevo marco normativo.

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